Asociación de Corredores de Seguros

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Riesgo de colapso de edificios

Riesgo de colapso de edificios: luces y sombras de su transferencia aseguradora
Maciste Argente
Corredor de seguros
Presidente de APROCOSE y vicepresidente de FECOR

En este riesgo nos encontramos con una peculiaridad que no hallamos con otros: su existencia se remonta al mismo momento en el que ser humano dejó de ser nómada y, consecuentemente, tuvo que construir cobijo tanto para personas como para ganado.

A medida que entramos en la era moderna el desarrollo y multiplicación de las edificaciones ha venido a suponer que la existencia de este riesgo se convirtiese en habitual y que, por lo tanto, hayamos tenido que convivir con él.

Desde la industria aseguradora se dio adecuada respuesta a este riesgo en edificios en construcción desde las pólizas de todo riesgo de construcción habiéndose demostrado la utilidad y procedencia de la misma. Salvo la excepción señalada, y a pesar de alguna reciente y tímida respuesta, este riesgo sigue –siempre a mi criterio personal- mayoritariamente fuera de la mayoría de pólizas tanto si se trata de riesgos particulares como industriales.

En estos últimos meses algunas Entidades han puesto a disposición del mercado cobertura para el riesgo de colapso de edificios circunstancia está que sin duda es un avance pero que al otorgarse muy condicionada solamente aporta solución a una parte de la real extensión de este riesgo.

La efectividad de la aplicación de esta garantía está condicionada a que el colapso se produzca como consecuencia de obras realizadas en el propio edificio o en inmuebles colindantes. Esto supone un importante avance ya que la mayoría de siniestros ocurridos tienen precisamente su origen en esta circunstancia, pero deberemos de convenir que al dejar fuera otras contingencias estamos todavía lejos de una solución que nos aporte a todos el nivel de seguridad perseguido.

El panorama para riesgos industriales es todavía más desalentador ya que para estos es prácticamente inexistente en el mercado una respuesta aseguradora como la anteriormente expuesta para hogares y comunidades. La automática transposición a estos riesgos de las condiciones anteriormente analizadas se me antoja como no válida dademandamos.

Si por algo se caracteriza la industria aseguradora es precisamente por su capacidad en encontrar soluciones a los riesgos por lo que no alcanzo a entender como habiendo sido capaces de encontrar solución para la cobertura de riesgos cibernéticos, extorsión y secuestro, D&O, etc…no somos capaces de acabar de resolver este asunto. Tal vez la respuesta es mucho más sencilla de lo que suponemos y tiene su origen no tanto en la magnitud del siniestro si no en no haber reparado en la necesidad del estudio de su cobertura.

No creo estar equivocado si afirmo que en este riesgo convergen todas las condiciones da las incuestionables diferencias entre unos y otros.

En estos últimos riesgos ni siquiera la mayoría de las pólizas de garantías innominadas dan cobertura al colapso al encontrar esta contingencia entre las exclusiones que las mismas recogen. Tratar de eliminar esta exclusión se convierte en una ardua negoción de la que tan solo conseguimos en el mejor de los escenarios arrancar una limitada suma asegurada a primer riesgo que nos deja lejos del nivel de cobertura que realmente técnicas para que el mismo pueda ser perfectamente parametizable lo que unido a su aleatoriedad lo convierten en perfectamente asegurable. No dudo que los aseguradores pueden obtener estadísticas amplias y fiables sobre las que cimentar su respuesta.

Creo que lejos de ver esta cobertura como un problema debemos de entenderlo como una oportunidad de negocio, pensemos en la importancia de las primas que serían recaudadas al extender la cobertura a cambio de una prima actuarialmente elaborada.
Debemos de pensar en poner a disposición del mercado coberturas más amplias que las actuales reduciendo de manera importante por tanto las exclusiones sobre las mismas.
Igualmente deberíamos de tener unas normas de selección lo suficientemente amplias como para dar cabida a la mayor parte de las construcciones en condiciones de habitabilidad y de uso con independencia de cuál sea el mismo: comercial, residencia, industrial, etc…

No encuentro descabellado el que en algunos casos, y bajo determinadas circunstancias, la garantía se pueda otorgar condicionada a una inspección técnica del inmueble e incluso que esta exigencia igualmente en situaciones concretas se repita en cada renovación.

El carácter en esencia mutualista y solidario del seguro nos obliga a todos a dar respuesta a esta necesidad que amenaza a particulares y empresas y que, en caso de siniestro, llevan en una mayoría de los casos a la ruina de aquellos que lo padecen.

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